Acciones a realizar, antes del 31 de diciembre, para reducir el importe del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2021

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El final del ejercicio 2021 está próximo. Con la llegada del final del año natural también concluye el ejercicio fiscal y, por tanto, las operaciones que se incluirán en la declaración de la renta que habrá que presentar a partir de abril de 2022.

Cada vez son menos las posibilidades de realizar acciones que reduzcan nuestra factura fiscal que dependan de decisiones personales por parte del contribuyente.

Seguidamente mencionamos algunas acciones que podemos llevar a cabo y que pueden ayudar a que el amargo trago de la declaración de IRPF sea más llevadero:

1. Aportaciones a los Planes de Pensiones.

Una de las ventajas fiscales más populares se consigue mediante la aportación de dinero a un plan de pensiones. Hacienda permite a los contribuyentes descontar la cantidad invertida en ese producto de la base imponible. Se resta directamente del dato de ingresos sobre la que se calcula el IRPF, es decir, como si el trabajador, empresario o profesional hubiera ganado menos.

Es recomendable aprovechar antes del 31 de diciembre para realizar aportaciones a un plan de pensiones individual hasta llegar al límite. En concreto, los contribuyentes pueden deducirse hasta 2.000 euros o el 30% de los rendimientos del trabajo. Se tiene en cuenta aquella cantidad que sea menor.

Si el cónyuge obtiene ingresos del trabajo o de actividades económicas que no vayan a superar los 8.000€ en 2021, también se podrá reducir su base haciendo aportaciones al plan del cónyuge antes de que termine el año, con el máximo de 1.000 euros.

A partir del próximo año, este beneficio fiscal será menor. Los presupuestos de 2022 incluyen una rebaja del capital máximo que se puede desgravar hasta los 1.500 euros. Este recorte no afectará en la declaración de la Renta de 2021.

2. Amortizar dinero de la hipoteca

Aquellos contribuyentes que hayan comprado su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y que todavía paguen la hipoteca, pueden deducirse hasta un 15% de las cantidades aportadas con un límite de inversión de 9.040 euros.

3. Compensar las pérdidas con ganancias

Las inversiones en bolsa no siempre son positivas para el contribuyente. Este puede compensar las pérdidas sufridas en un fondo de inversión o en acciones con las ganancias patrimoniales obtenidas. Asimismo, los rendimientos de capital mobiliario positivos como los intereses o los dividendos se pueden compensar con rendimientos negativos.

La posibilidad de compensar las pérdidas, del 2016 al 2020, con ganancias permite al contribuyente pagar impuestos solo por los beneficios reales de sus inversiones. Es decir, el dinero que haya perdido con una inversión se resta a lo que haya ganado y solo se tributa por la diferencia entre ambas.

4. Deducción por donativos en la renta

Es fiscalmente interesante realizar donativos antes de finalizar el año 2021 y así ahorrar en la factura fiscal. En concreto, te podrás deducir el 80% de los primeros 150 euros donados. El resto del donativo da derecho a deducir el 35% de su importe, salvo que realice donaciones habitualmente a esa misma entidad (dos últimos años), en cuyo caso este último porcentaje será del 40%.

5. Neutralizar la tributación de las ganancias de la venta de vivienda habitual

Las ganancias obtenidas por la venta de una casa en 2021 tributarán en la próxima declaración de la renta, según su cuantía, entre el 19% y el nuevo tipo del 26% -que entró en vigor este mismo año- para rentas de ahorro y ganancias superiores a 200.000 euros. Si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual «será posible neutralizar este pago».

6. Cuotas a partidos políticos, sindicatos y colegios profesionales

Las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos pueden deducirse en un 20%, con el límite de una base máxima de 600 euros. Por su parte, las cuotas sindicales y de colegios profesionales deducen de los rendimientos de trabajo -estas últimas con un límite de 500 euros-, así como los gastos de defensa jurídica de litigios en la relación laboral con el límite de 300 euros anuales.

En Galsan Consultores podemos planificar como reducir la carga fiscal del ejercicio 2021 cumpliendo la normativa y evitando sorpresas cuando se realice la declaración de la renta dentro de unos meses.

 

ROLÁN CRUZ MUÑOZ
GERENTE
GALSAN CONSULTORES

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