Prórroga de los ERTE: ¿Cómo va a afectar a las empresas?

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La situación social, social y sanitaria que atraviesa nuestro país debido a la expansión de la COVID-19 ha puesto en jaque la capacidad de empresas y autónomos para capear la consiguiente crisis. En el actual clima empresarial, una de las medidas extraordinarias que ha acarreado más seguimiento dentro del tejido corporativo han sido los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), que, ocho meses después de su entrada en vigor, van a ser prorrogados hasta el 31 de enero de 2021 con algunas modificaciones.

La revisión de esta medida conlleva nuevos parámetros en su aplicación: ahora, esta contempla una mejora sobre la protección de fijos discontinuos y trabajadores a tiempo parcial, que pasarán a cobrar el 100% de la prestación por desempleo; también, durante la vigencia del ERTE, no será posible realizar horas extras, externalizar actividades o hacer nuevas contrataciones salvo casos justificados.

También se prevé la exoneración de cuotas en seguridad social de trabajadores afectados, también hasta el 31 de enero, y con un 85% de exoneración sobre la aportación empresarial fijada para empresas con menos de 50 trabajadores (un 75% en el caso de las empresas que superen este número). Además, se platea una nueva figura: los ERTE por impedimento de actividad y limitación de actividad, orientados a empresas que no pueden continuar su actividad por las nuevas restricciones (como, por ejemplo, los locales de ocio nocturno).

En el caso de los trabajadores, en la modificación también se tratan especificaciones sobre exenciones, horas extra y paro; además, los trabajadores a tiempo parcial podrán cobrar el ERTE mientras realizan otro trabajo, siempre y cuando no superen el 100% de la cotización en el otro empleo.

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