¿Cómo puedo reclamar el IRPF por las prestaciones por maternidad?

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Alejandro Pastor Lozano

Asesor Junior del Área Fiscal-Contable

El Tribunal Supremo, a través de la sentencia 1.462/2018, estableció el pasado día 3 de octubre que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social quedan exentas del IRPF. Estas prestaciones que hasta el momento tributaban como un rendimiento del trabajo más, aumentaban las bases de tributación y, por tanto, reducían el importe a devolver o aumentaban la cantidad a pagar en la declaración.

Con este cambio de doctrina los contribuyentes afectados pueden rectificar las declaraciones anuales del impuesto de la renta de los ejercicios de 2014 hasta 2017.

Ahora bien, ¿Cómo puedo solicitar esta modificación?

hay dos vertientes diferenciadas que hay que tener en cuenta a la hora de actuar. La primera, que pusieron en marcha determinados despachos profesionales y de abogados fue la de solicitar la rectificación de la declaración mediante escrito remitido a la Agencia Tributaria. En este caso se debería aportar toda la documentación necesaria para justificar los importes percibidos por maternidad. Este sistema, según apreciaciones de la Agencia Tributaria no resulta operativo, si bien se admite este escrito, esto no quiere decir que sea correcto y que toda la documentación sea la suficiente, lo que podía prolongar el proceso de reclamación dada la avalancha de solicitudes que se prevén.

La segunda vía que ha expuesto la Agencia Tributaria supone la habilitación de un registro a través de su portal web, en el que podremos solicitar de manera sencilla los importes que nos corresponden, sin necesidad de aportar documentación.

Por ello, desde Galsan Consultores, animamos a todos nuestros clientes y a las personas que se encuentren afectados por esta sentencia a que estén atentos a próximas noticias desde el despacho para poder tramitar la solicitud de devolución.

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