Desde ayer, el conjunto de los territorios de la Comunitat Valenciana se encuentra en Fase 3 de desescalada. Tras la publicación de la Orden SND/458/2020 del Ministerio de Sanidad, que establecen la modificación de diversas órdenes para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma y se establecen las unidades territoriales que progresan a la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
De esta forma, como ya venía establecido en las órdenes SND/507/2020 y SND/520/2020, el territorio de la Comunitat Valenciana avanza hacia la penúltima etapa de la desescalada. A estos documentos se les une el Decreto 8/2020 del 13 de junio, por el que la Generalitat, ahora responsable de la aplicación de la Fase 3, flexibiliza algunas de las restricciones recogidas en los anteriores documentos.
MOVILIDAD
Se permite la circulación entre las tres provincias de la Comunitat Valenciana, pero se mantiene la prohibición de viajar a provincias de otras comunidades autónomas, a excepción de las causas justificadas ya contempladas anteriormente: motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
A la libre circulación entre las provincias valencianas se suman la desaparición de las franjas horarias para las actividades físicas y la reapertura de los parques infantiles recreativos.
INDICACIONES GENERALES
Las consideraciones en relación con las medidas de prevención, seguridad, higiene y distanciamiento social se mantienen, así como la obligación de todos los mayores de 6 años de usar mascarilla en la vía pública, espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público cuando no se puedan mantener al menos dos metros y medio de distancia de seguridad.
De la misma forma, otras medidas como las que afectan al uso de vehículos compartidos, motocicletas y ciclomotores o equipamientos y locales se mantienen igual que en la fase anterior.
MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL
- Aumenta el número de personas que pueden reunirse en un grupo (de 15 a 20 personas).
- En velatorios y entierros, el límite en espacios cerrados aumenta a 25, y en espacios al aire libre a 50.
- Se permite la asistencia a lugares de culto hasta el 75% del aforo, al igual que a las bodas.
COMERCIO MINORISTA
- Los comercios minoristas y de prestación de servicios pueden abrir reduciendo al 75% el aforo del local.
- Los parques y centros comerciales establecen el límite del aforo al 75% tanto en los establecimientos como en las zonas comunes.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
- Los locales de hostelería y restauración pueden mantener un aforo del 75% en su interior, y en su totalidad en las terrazas (respetando que las agrupaciones no sean de más de 20 personas).
- El consumo en barra, siempre que se respete la distancia mínima de seguridad y las medidas de higiene, está permitido.
- Los bares de ocio y discotecas vuelven a abrir a un tercio de su capacidad y sin pista de baile.
USO DE PLAYAS
- Se permite ir a la playa en grupos de máximo 15 personas.
- Se debe permanecer en los espacios acotados para mantener la distancia de seguridad, sin que los objetos personales como toallas o tumbonas salgan de los mismos.
- La práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo vuelve a estar permitida siempre que se realicen individualmente y sin contacto físico.
- Se puede hacer uso de duchas, aseos y vestuarios de forma individual.
OTRAS ACTIVIDADES CON LIMITACIONES DE AFORO O GRUPALES
CULTURA
- Bibliotecas, museos, salas de exposiciones, monumentos y equipamientos culturales al 75% del aforo.
- Cines, teatros, auditorios y similares al 75% del aforo y con butacas preasignadas.
TURISMO Y NEGOCIOS
- Las empresas registradas podrán realizar turismo activo en grupos no más grandes de 30 personas.
- Los guías turísticos, que deben ser contratados con cita previa, trabajarán con grupos de máximo 20 personas.
- Los hoteles y alojamientos turísticos pueden utilizar los espacios comunes y disponen de su capacidad al 75%.
- Congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos, sin superar los 100 asistentes.
DEPORTE Y OCIO
- Los clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos tácticos de no más de 30 personas en espacios abiertos y de 20 personas en espacios cerrados, evitando todo contacto físico.
- Las instalaciones deportivas cubiertas se organizarán en turnos, en grupos de hasta 30 personas en espacios abiertos y de hasta 20 en cerrados, sin contacto físico. Se podrán utilizar los vestuarios.
- Las piscinas recreativas reabren con horarios por turnos y al 75% de su capacidad.
- Las escuelas de verano podrán realizar actividades con el 75% del número habitual de participantes, con 100 alumnos en espacios cerrados y 250 en abiertos.
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