Medidas fiscales del Gobierno a tener en cuenta en 2023

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a.- Real Decreto-Ley de medidas anticrisis

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, con el objetivo de ahondar en el descenso de la inflación, y reforzar las medidas de apoyo para las familias y los sectores económicos más afectados.

Este Real Decreto-Ley da continuidad al Plan Nacional de respuesta a la Guerra de Rusia en Ucrania aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo, prorrogado y ampliado con normas posteriores, para reducir la inflación y adaptar la economía española al nuevo entorno económico, a la vez que refuerza una red de protección para los colectivos vulnerables y los sectores más afectados.

La persistencia de la guerra continúa afectando al nivel general de precios, especialmente de ciertos bienes fundamentales como los alimentos, las materias primas y algunos bienes intermedios. Por ello, el Gobierno ha adoptado diferentes medidas.

b.- Medidas para reducir los precios de los alimentos

Uno de los principales objetivos de las medidas adoptadas sigue siendo contener el incremento de los precios, especialmente de la energía y los alimentos. Con esta finalidad, se suprime el IVA de los productos frescos que tenían ya el tipo reducido y se reduce del 10% al 5% el del aceite y las pastas, lo que permitirá reducir el precio de alimentos básicos y de primera necesidad como el pan, la leche y las frutas y hortalizas, además de los mencionados. Esta bajada de impuestos se mantendrá hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5%.

Adicionalmente, se prorroga durante todo 2023 la reducción del IVA de la electricidad y del impuesto especial sobre la energía eléctrica y se mantiene la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, para que los productores de electricidad puedan seguir ofertando precios más competitivos.

c.- Tipo reducido para mascarillas y vacunas

Los recursos para la prevención y diagnóstico de la COVID-19 también continuarán con una tributación excepcional mientras se mantengan las políticas de protección de la población Uno de los artículos son las mascarillas quirúrgicas, cuyas entregas, importaciones y adquisiciones seguirán gravadas al 4% de IVA durante el primer semestre de 2023.

Además, este Real Decreto-ley incluye que tanto vacunas como pruebas diagnósticas mantengan un gravamen del 0%.

d.- Se amplía la protección a los colectivos vulnerables

El Real Decreto-Ley incluye también el mantenimiento de las principales medidas para proteger a las familias y colectivos vulnerables y garantizar el acceso a los suministros básicos.

Con este objetivo, se aprueban ayudas para seguir protegiendo a las familias, entre las que destaca un cheque de 200 euros para familias de clase media trabajadora destinado a compensar la subida de precios de la alimentación.

Asimismo, se prorroga para 2023 el incremento del 15% del importe del Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas.

Se amplía también, hasta el 31 de diciembre de 2023, la prohibición del cortar los suministros básicos, luz, agua y gas, a consumidores vulnerables, a la vez que se mantiene para este colectivo el descuento en la factura eléctrica a través del bono social.

En materia de vivienda se prorroga la limitación al 2% del incremento del precio de los alquileres para todo 2023, se introduce una prórroga extraordinaria de las condiciones vigentes de los contratos de alquiler de hasta seis meses. También se amplía hasta el 30 de junio la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamiento para personas vulnerables sin alternativa habitacional.

e.- Deducción por maternidad

El Real Decreto-ley incorpora también una modificación legislativa para aclarar el derecho a seguir percibiendo la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de 1 de enero de 2023, aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al complemento de ayuda para la infancia respecto del mismo descendiente. De esta forma, se evita que el reciente cambio normativo llevado a cabo en esta materia perjudique a las familias que hasta ahora venían disfrutando de esa ayuda.

f.- Ayudas para sectores y fomento del transporte público

La norma aprobada reemplaza la bonificación general de 20 céntimos por litro de gasolina por medidas más específicas dirigidas a fomentar el uso del transporte público y por ayudas a sectores más dependientes del uso de los carburantes, más expuestos a las fluctuaciones de precios.

Se extiende durante todo 2023 la gratuidad del transporte público estatal ferroviario y terrestre de cercanías, rodalíes y media distancia. El Estado bonificará el 30% del transporte público urbano e interurbano para todas aquellas Comunidades Autónomas o ayuntamientos que bonifiquen, a su vez, el 20% del precio.

Se prorrogarán durante todo 2023 las bonificaciones para transporte de viajeros por ferrocarril incluyendo la gratuidad en cercanías y media distancia. Asimismo, desde el 1 de febrero hasta el 30 de junio, se amplía del 50% al 100% la bonificación del billete multiviaje de autobús para las líneas competencia del Estado.

Adicionalmente, se incluyen ayudas específicas para los sectores más dependientes de los precios de los carburantes como transporte, agricultura y pesca.

Para los transportistas que usen gasóleo profesional se establece una ayuda de 20 céntimos durante tres meses y de 10 céntimos por un periodo adicional de tres meses que se gestionará como devolución mensual por parte de la Agencia Tributaria.

Para los titulares de una autorización de transporte (autobuses, taxis, ambulancias, VTC y mercancías) se establece una ayuda directa por el consumo estimado para seis meses, que será de 300 a 3.690 euros.

Para el sector agrario se aprueba una ayuda extraordinaria y temporal hasta el 30 de junio para los titulares de explotaciones agrarias de hasta 20 céntimos por cada litro de gasóleo adquirido en 2022 y destinado exclusivamente al uso agrario por el que el beneficiario obtenga la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Para el sector de la pesca, se establece una ayuda directa a los pesqueros en función del caladero (nacional o internacional), la modalidad y la eslora del barco. Las ayudas irán desde 1.100 euros hasta 300.000 euros por barco.

También para ambos sectores se aprueban ayudas adicionales con el objetivo de reducir la incidencia en los precios de los alimentos del aumento de los costes de producción derivados del alza de precios de los fertilizantes. Para ello, se articula una ayuda directa por el uso de fertilizantes que se calculará por hectárea en función del tamaño de la explotación y del tipo de cultivo. Finalmente, se prorroga durante seis meses la exención de las tasas pesqueras.

Para las industrias intensivas en el uso de gas se aprueba una línea específica, con una dotación de 500 millones de euros, dentro de la Línea de Avales de Ucrania gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con la que las empresas gasintensivas dispondrán de préstamos con un aval de hasta el 90% para mitigar sus actuales problemas de liquidez y avanzar en la descarbonización y eficiencia energética de este importante sector, en línea con la puesta en marcha del nuevo PERTE de Descarbonización de la Industria. Además, se establece un esquema de ayudas directas por 450 millones de euros para aquellas empresas que han sufrido un mayor impacto de la subida del precio del gas, como las del sector cerámico.

Asimismo, se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la reducción del 80% de los peajes para los consumidores electrointensivos, para seguir garantizando la competitividad de esta industria. Se amplía también hasta junio el tope al precio del Gas Licuado del Petróleo y del gas butano, y se prorroga durante el invierno 2023-2024 la exención de los cánones de almacenamientos subterráneos del gas.

g.- Medidas peajes autopistas

El Gobierno aprueba limitar al 4% la subida de los peajes de las autopistas en 2023.

El objetivo es mitigar el año que viene el alza de las tarifas del 8,4% por el IPC y el efecto de las revisiones extraordinarias en las autopistas: AP-51, AP-61, AP-53, AP-66, AP-7 Alicante-Cartagena, AP-7 Málaga-Guadiaro, AP-68 y AP-71, AP-9, AP-6 y AP-46.

h.- Medidas de apoyo para afectados por el volcán de La Palma

La norma aprobada incluye también diversas medidas para seguir ayudando a los ciudadanos y empresas afectados por la erupción del volcán de La Palma. En concreto, se mantiene la moratoria de préstamos hipotecarios y no hipotecarios para los afectados que la hubieran solicitado, limitada a seis meses.

Se prorrogan hasta el 30 de junio los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) derivados de las situaciones de fuerza mayor provocadas por la erupción del volcán, y se incluyen como posibles beneficiarios de las ayudas por daños materiales en la vivienda habitual no solo a los propietarios sino a los titulares del usufructo sobre la vivienda.

Se prorroga a su vez la prestación para trabajadores autónomos hasta junio de 2023.

i.- Apoyo a los afectados por incendios forestales

Los daños personales provocados por los incendios forestales del pasado verano en hasta 15 comunidades autónomas, las cuales fueron declaradas ‘Zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil’, recibirán respaldo a través de diversas medidas fiscales. Se trata de Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, País Vasco y La Rioja.

Esto se ejecutará a través de la aprobación de beneficios fiscales, como la exención de cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), exención de las tasas del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico y exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las ayudas.

A esto hay que sumar la reducción de los índices de rendimiento neto de las explotaciones y actividades agrarias en las que se hayan producido daños como consecuencia directa de los mencionados incendios. Una medida que tendría que ser autorizada por la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, tras los informes preceptivos presentados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

j.- Otras medidas económicas

Finalmente, el Real Decreto-Ley contempla otras medidas de ámbito económico dirigidas a garantizar la viabilidad y competencia de las empresas españolas.

Se prorroga durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024 la moratoria contable, es decir, la no consideración de las pérdidas sufridas en 2020 y 2021 como causa de disolución por pérdidas prevista en la Ley de Sociedades de Capital, con el objetivo de permitir que las empresas viables puedan disponer de un plazo suficiente y definitivo para normalizar su situación.

Finalmente, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2024 la suspensión del régimen de liberalización de las inversiones provenientes de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio, que se aplica a las empresas cotizadas y no cotizadas cuando la inversión supera los 500 millones de euros y suponga una participación superior al 10% de la sociedad adquirida.

Alejandro Pastor Lozano / Director del Área Fiscal y Contable de GALSAN Consultores

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