Vacaciones después de un ERTE

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La época estival que ahora comenzamos a vivir es tiempo habitual de vacaciones, de hecho, una buena parte de las plantillas de las empresas disfrutan de ellas y otros comenzarán sus días de descanso en breve. Pero no son las mismas vacaciones para todos, concretamente para los que han estado en un ERTE durante este año.

Según datos facilitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el pico máximo de trabajadores en ERTE por covid-19 se alcanzó el 24 de abril de 2020 con 3.617.205 personas, una cifra que desde entonces se ha reducido paulatinamente. Aun así, el año 2021 se inició con 962.067 trabajadores en situación de suspensión de empleo por un ERTE de fuerza mayor por la pandemia, Los últimos datos publicados el 11 de mayo confirmaban que 598.729 trabajadores seguían en ERTE.

En este escenario en el que muchos trabajadores siguen en esta situación hay algunas cuestiones relevantes para los responsables de Recursos Humanos que tienen que organizar las vacaciones en la empresa.

Menos días de vacaciones

Mientras dure un ERTE de suspensión temporal del contrato el trabajador no generará derecho a vacaciones. Si el ERTE es de reducción temporal de la jornada devengará vacaciones de manera proporcional a la reducción de la jornada que se le haya aplicado al trabajador. A modo de ejemplo, si un empleado está en un ERTE de suspensión temporal del contrato durante 3 meses perderá una cuarta parte de sus vacaciones.

Organización de las vacaciones

En cualquiera de las circunstancias la empresa no puede imponer de forma unilateral los días de disfrute de las vacaciones. El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET) especifica que el periodo o periodos de disfrute de las vacaciones se fijarán de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido, en su caso, en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. Además, hay que tener en cuenta que, en los casos en los que no exista acuerdo, puede ser la jurisdicción social la que fije las fechas para el disfrute de las vacaciones, siendo su decisión irrecurrible.

Por lo tanto, aunque el trabajador haya estado en un ERTE durante un largo periodo de tiempo, la empresa no puede imponer unilateralmente los días de descanso al trabajador. Además, el empleado debe conocer la fecha de disfrute de sus vacaciones al menos con 2 meses de antelación al inicio de las mismas.

No se computan días de vacaciones con un ERTE

Si un trabajador está de vacaciones en el momento en el que el ERTE se aprueba, las vacaciones se interrumpirán, ya que el contrato pasa a estar suspendido y se podrán reclamar esos días una vez finalice el ERTE.

Por otra parte, aunque la empresa cierre el mes de agosto y habitualmente conceda vacaciones a los trabajadores en esta fecha, si están dentro de un ERTE en ese mes, tendrá que buscar otras fechas para que estos puedan disfrutar de sus vacaciones.

No se pueden pagar las vacaciones

Las vacaciones hay que disfrutarlas por lo que no pueden ser sustituidas por una prestación económica.  La única excepción en la que se pueden pagar las vacaciones es cuando se produce la extinción del contrato sin haberse disfrutado en su totalidad, en cuyo caso se pagan los días de vacaciones que se han ido generado y que no se han disfrutado.

Mantenimiento del empleo por haber estado en ERTE

Las empresas, por norma general, sí podrían despedir a un empleado cuando está de vacaciones. Sin embargo, un trabajador afectado por un ERTE por covid-19 no puede ser despedido durante los seis meses siguientes a su reincorporación al trabajo, ya que se encuentra amparado por el compromiso de salvaguarda del empleo, regulado inicialmente en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. En él se exige mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente.

Antonio Carretero Muñoz / Asesor Sénior del Área Laboral de GALSAN Consultores

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